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Te asesoramos y realizamos todas las gestiones necesarias para que obtengas la pensión o jubilación.

Jubilaciones y pensiones

Preguntas frecuentes

Reunir 30 años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad jubilatoria.

La edad mínima requerida para acceder a la prestación, tanto para trabajadores en relación de dependencia como para trabajadores autónomos, es de 60 años para las mujeres y 65 para los hombres.

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Si, usted puede recibir jubilación y pensión, no existe ningún impedimento legal.

 

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La clave fiscal es una contraseña que otorga la AFIP para poder realizar ciertos tràmites. La misma se obtiene en la Afip de su domicilio con DNI.

 

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Dependerá de los aportes que haya hecho durante su vida laboral.

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Si usted cree que su haber jubilatorio no esta bien liquidado de acuerdo a lo aportado se puede hacer un cálculo para determinar si ese haber esta bien liquidado de acuerdo a los parámetros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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Jubilación sin aportes

Todo lo que tenés que saber

Para poder acceder a una jubilación se tiene que cumplir los dos requisitos, haber cumplido la edad necesaria (65 hombres y 60 las mujeres) y haber cumplido los 30 años de aportes. Debido a la cantidad de empleo informal (trabajo en negro) es que muy pocas personas podían cumplir con ambos requisitos, encontrándose muchos sin ningún aporte o con menos años de los necesarios. Es por eso que se lanzó una moratoria previsional para aquellas personas que no llegaban a completar los 30 años o que no tenían ningún aporte realizado.

 

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A través de la moratoria previsional aquellas personas que no hayan realizado ningún aporte, o no lleguen a acreditar los 30 años, podrán completar los años requeridos. Si la persona no realizó ningún aporte podrá adquirir los 30 necesarios para jubilarse.

 

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Pueden jubilarse todas aquellas mujeres que hayan cumplido la edad requerida por ley (60 mujeres y 65 hombres) y que no puedan acreditar los 30 años de aporte o parte de los mismos.

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La jubilación sin aportes equivale al haber mínimo.

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Si. Si usted se jubila por esta vía recibirá 2 descuentos:

  • Pago de la obra social. Se le realiza a todas las jubilaciones, no exclusivamente a esta.
  • Moratoria. Se le descuenta de cada haber el importe correspondiente a la cuota mensual de la moratoria previsional a la que accedió para adquirir los aportes faltantes. Este descuento se lleva a cabo por un plazo de 60 meses.

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Si. La persona que desee acceder a este tipo de jubilación no deberá estar cobrando ninguna jubilación (nacional o provincial), plan social o pensión no contributiva. En caso de estar cobrando alguno de estos beneficios deberá renunciar a estos para acceder a este tipo de jubilación sin aportes.

En los casos de personas que cuenten con una pensión por viudez, para obtener su jubilación deberán abonar la moratoria de contado, sin poder acceder al plan de pagos.

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